PROCEDIMIENTO: Juicio extraordinario número 01/2008 contra
SENTENCIA
En HUELVA a 01 de ABRIL DE 2008
Actuando con funciones de Juez un grupo de trabajadores de la empresa Correos y Telégrafos elegidos al azar, se da inicio a los autos iniciados por el sindicato C.G.T. Correos de Huelva, actuando en nombre y representación de los sufridos trabajadores de Correos. Este sindicato alega la posibilidad prescindir de la asistencia de letrado y comenta a este tribunal que les sobran pelotas para iniciar de forma individual la demanda. El tribunal acepta.
ANTECEDENTES DE HECHO
La firma a escondidas de los dos últimos convenios colectivos.
Beneficios a los sindicatos afines ( CCOO,UGT y CSIF) tanto en horas para sus delegados como en prebendas
Tomadura de pelo sistemática a los carteros rurales.
Importante pérdida de poder adquisitivo en los últimos 10-12 años.
Beneficios millonarios de
Indiferencia de la dirección ante graves episodios de acoso laboral.
Arrogancia y prepotencia de los jefecillos lambiscones a las órdenes del Jefe Provincial de turno.
Paz social garantizada por los sindicatos acólitos, colocándonos en una clara posición de indefensión.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Correos niega sistemática y arbitrariamente multitud de derechos recogidos tanto en el actual convenio en vigor como en recientes leyes de nueva creación, como por ejemplo
Chanchullos en la contratación. Una contratación actualmente fuera del control de los sindicatos, porque CCOO y CSIF así lo decidieron en la furtiva firma del segundo convenio, a cambio Dios sabe de qué.
Lo más grave de todo es que los propios trabajadores siguen apoyando con su voto a cuatro vividores que no levantan un dedo por la defensa de nuestros derechos.
FALLO
Que estimando totalmente la demanda interpuesta por C.G.T. Correos Huelva, en nombre y representación de todos sufridos trabajadores de Correos, este jurado debe condenar y condena a
Se condena también, privando de la liberación sindical de por vida, a todos los delegados de estos sindicatos afines y enviándolos a los puestos de trabajo más penosos que en esos momentos estén disponibles.
Contra esta sentencia no podrá interponerse recurso alguno, y las costas causadas en la tramitación de este procedimiento se imponen, como ya viene siendo habitual, a la de