El 29-12-2000 /// Aprobación de la Ley de Presupuestos Generales
del Estado.
El P.P. introduce un artículo (el 58) que convertía a Correos en una Sociedad Anónima, dotándolo de un marco jurídico propio de empresa privada. El primer gran paso hacia la privatización estaba dado.
El 13-3-2001 /// Presentación del Plan Estratégico (2001-2003)
Con este plan, Correos introduce los criterios de gestión de cualquier empresa privada: búsqueda prioritaria de la rentabilidad económica, movilidad geográfica y funcional, polivalencia, incremento de las retribuciones variables condicionadas al nivel de absentismo y cumplimiento de objetivos, incremento de la productividad, reducción del absentismo, etc.
El 9-5-2001 /// Firma del Acuerdo de Confianza (CCOO, CSIF, UGT, SL, CIG y ELA)
Con este acuerdo la Dirección de Correos lograba el apoyo sindical a las medidas propuestas en el Plan Estratégico. Las partes firmantes acuerdan que “... el ámbito interno es el único adecuado para la canalización y solución de los posibles conflictos, evitando proyectar al ámbito externo discrepancias...” y expresan la “absoluta coincidencia en la necesidad de conseguir una nueva regulación interna que dote a la empresa, de acuerdo con los objetivos marcados en el Plan Estratégico, de la flexibilidad regulada suficiente...”. Los sindicatos firmantes reciben el 5% de los Fondos de Formación para su gestión directa (intencionadamente se acuerda duplicar esos fondos).
El 10-1-2002 /// Firma del acuerdo ACASA (CCOO, CSIF, UGT y SL)
Se acuerda la convocatoria de un concurso de traslados con un drástico recorte en los plazos de toma de posesión, en consonancia con lo firmado en el Acuerdo de Confianza. Se nos dice que será con carácter extraordinario pero a través del Real Decreto 383/2002 de 26 de abril, BOE, 115 de 14-05-02, modifican el Reglamento de Personal del año 1995, con el acuerdo expreso, de CCOO, UGT, CSIF y Sindicato Libre, que así consta en el mismo Real Decreto. Se recortan los plazos de toma de posesión de 30 a 6 días y se eliminan las resultas.
El 26-7-2002 /// Firma del Acuerdo sobre movilidad geográfica forzosa (CCOO, UGT y CSIF)
Correos consigue implantar la movilidad geográfica forzosa sin límite de kilómetros a cambio de unas compensaciones económicas ridículas. Inicialmente, el Acuerdo fue diseñado para los nuevos centros automatizados, sin embargo este acuerdo se aplicará también a “los traslados forzosos que pudieran suscitarse en otros tipos de centros de trabajo”.
El 18-12-2002 /// Firma del Acuerdo General sobre la Nueva Regulación Interna (CCOO, CSIF y UGT): Acuerdo General, Convenio Colectivo, Estatuto de Personal Funcionario y Anexos.
Correos logra laboralizar las condiciones de trabajo, dando un paso más hacia la privatización, introduciendo en la nueva regulación la polivalencia en los nuevos puestos-tipo, la movilidad forzosa recogida en el anterior acuerdo, aumento de las retribuciones condicionadas al absentismo, recortando derechos y estableciendo discriminaciones dentro de la empresa entre el personal laboral y el funcionario y fuera, entre el personal funcionario de Correos y el del resto de la Administración Pública.
- CAMBIOS EN LA FORMA DE ACCESO.
A correos se accede mediante concurso oposición para se laboral indefinido a tiempo completo, ya no se es funcionario.
- UN GRAN PASO SINDICAL-PATRONAL HACIA EL DESPIDO LIBRE.
En este Convenio Colectivo se suprime el articulo 49 existente en el Convenio de 1999, vigente hasta ese día, que establecía:
“Artículo 49. Despidos improcedentes.
“Todo trabajador contratado como fijo, perteneciente a la plantilla de personal fijo, despedido de forma declarada improcedente, podrá optar entre recibir la indemnización correspondiente o ser admitido en su puesto de trabajo.” Ahora, la opción es de la empresa.
- EL ATRACO DE LOS TRIENIOS.
Igualmente se suprime la previsión contenida en el artículo 86 del anterior Convenio Colectivo, que establecía: “Previa solicitud del interesado se reconocerán los servicios prestados con anterioridad en Correos y Telégrafos, a efectos de trienios, al personal fijo, con independencia de la naturaleza contractual de los mismos.” Sólo se reconoce la antigüedad del último contrato.
- EL ROBO EN LOS ASUNTOS PROPIOS.
Mientras que el artículo 36 g) del anterior Convenio reconocía “Hasta seis días de cada año natural, por asuntos particulares ..., el nuevo Convenio, en su artículo 45 h.) redujo con carácter generalizado los días de asuntos propios a dos al año, y limitaba el derecho a los seis días al “personal que a la entrada en vigor del presente Convenio haya prestado servicios efectivos de manera ininterrumpida en los cuatro años naturales inmediatamente anteriores a la entrada en vigor del Convenio”, reduciendo a cuatro los días de asuntos particulares en el caso de que el servicio ininterrumpido haya sido de dos años.
- NUEVO SISTEMA DE RETRIBUCIONES.
Se reduce en un 25% el sueldo base del personal laboral y se incluye la cantidad reducida en complementos salariales. Se introduce el salario variable (incentivos y paga de resultados).
- LOS TRAMOS NO SE COBRAN.
Su cobro se vincula a la negociación de unos índices de absentismo, que aún no se han negociado.
- SE CREAN LOS PUESTO TIPO.
El personal laboral de nuevo ingreso y el personal que participe en concurso de traslados o que sea movilizado de forma forzosa por al empresa pasa a ser puesto tipo (el personal no tiene asignado un puesto de trabajo concreto, sino que está asignado a una unidad y a un turno).
El 19-06-2006 /// Firma del Acuerdo General sobre la Nueva Regulación Interna (CCOO y CSIF): Acuerdo General, II Convenio Colectivo, Estatuto de Personal Funcionario y Anexos.
- FORMA DE ACCESO.
A Correos se accede mediante concurso oposición para ser laboral fijo a tiempo completo o fijo discontinuo.
- AUMENTAN LOS PUESTO TIPO.
El personal laboral rural y el personal laboral vario (de empleo) pasa a ser puesto tipo y se le reduce el sueldo base en un 25%, pasando la cantidad reducida a formar parte de otros complementos.
- NUEVO COMPLEMENTO SALARIAL VARIABLE: EL CPA.
Se crea el Complemento de Productividad y Asistencia, que sustituye a la paga de resultados y a otros complementos variables. En caso de absentismo, se duplican los descuentos.
- LOS TRAMOS NO SE COBRAN.
Su cobro se vincula nuevamente a la negociación de unos índices de absentismo, que aún no se han negociado.
- DESVINCULACIÓN DEFINITIVA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.
Según la empresa, Correos se rige exclusivamente por su normativa específica: Estatuto de Personal Funcionario y convenio Colectivo.
- NUEVA NORMATIVA DE CONTRATACIÓN.
La contratación se basa en una lista rotatoria y la sumisión a la empresa (en disponibilidad y en obediencia) debe ser total. Se sale de listas por dos renuncias a contratos para la misma localidad o por evaluación del desempeño negativa.
lunes, 23 de noviembre de 2009
DERECHOS PERDIDOS EN CORREOS, DESDE EL 2000.
Publicado por C.G.T. Correos Huelva. a las 18:19